La radio en España. Piratas y corsarios
La primera norma legal que regula específicamente la radiodifusión en España data de 1924, en plena dictadura de Primo de Rivera. Se trata de la Real Orden de 14 de junio de ese año, que sienta las bases jurídicas de lo que más tarde se convertiría en el auténtico monopolio de la radio comercial española, Unión Radio, la futura cadena SER.
Ya en la II República, a través de una norma específica aprobada en 1934 (Ley de Radiodifusión, de 26 de junio), se estructura la radiodifusión como un "servicio público de titularidad estatal", estatus jurídico que sigue vigente. Los políticos republicanos concedieron licencia para una emisora de alcance nacional (la SER), seis regionales y unas cuantas más de ámbito solamente local, para las ciudades más importantes. No obstante, el referido decreto introducía una salvaguarda del monopolio estatal de radiodifusión, al establecer expresamente el cese inmediato de las emisiones de las estaciones particulares en el caso de que la Dirección General de Telecomunicaciones decidiera instalar una emisora en la misma zona de cobertura.
El franquismo introducirá una ligera modificación en el régimen de monopolio al permitir, a través de un decreto dado el 14 de noviembre de 1952, el arriendo de las emisoras comarcales de la red estatal a empresarios privados mediante unos concursos similares a los que hoy convocan las comunidades autónomas. En cuanto a las pocas emisoras locales gestionadas directamente por la iniciativa privada, continuarían en las mismas condiciones hasta su conversión a la frecuencia modulada, a mediados de los años sesenta, origen de la expansión de este sistema experimentado en las décadas siguientes.
El 8 de agosto de 1958 un decreto estableció la caducidad, a partir del 1 de noviembre de ese mismo año, de todas las concesiones "expresas o tácitas" a emisoras locales para emitir en onda media. Los 81 canales de FM asignados a España en la Conferencia de Estocolmo quedaban a disposición del órgano competente en materia de telecomunicaciones, para que llevara a cabo la conversión de las emisoras locales de onda media; se estableció un plazo improrrogable de cinco años para llevar a cabo la citada conversión.
La radiodifusión en ondas métricas con modulación de frecuencia (FM) experimenta una fase transitoria entre 1978 y 1989. El Plan Técnico Nacional de 1978, actualizado por el Plan Técnico Transitorio de 1979, supuso una planificación de carácter nacional para evitar interferencias tanto de la radiodifusión comercial como de otros servicios de telecomunicaciones.
Sin renunciar al monopolio estatal del espacio radioeléctrico, en ese decenio largo se conceden numerosas licencias de emisión local y comarcal, previa solicitud al ministerio correspondiente. En ese último año, y a través del Real Decreto 169/1989, de 10 de febrero, se procede a la reordenación del espacio radioeléctrico, que se amplía técnicamente según los requerimientos del Plan de Ginebra (1984), que desde ese momento fija la banda de frecuencia modulada entre los 87,5 y los 108 megaherzios. Es entonces cuando empiezan a aparecer las emisoras autonómicas y municipales, financiadas y gestionadas por las comunidades y los ayuntamientos, aunque era ése un servicio que ya venían prestando empresarios privados.
La Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, base sobre la cual se realizaría lo que podemos llamar "segunda planificación", contemplaba un régimen de sanciones para los que incumplieran lo previsto en su articulado. Lo interesante, para lo que nos interesa, es que se adjudicaba la misma calificación punitiva ("infracción muy grave") tanto a la emisión sin título habilitante como a la emisión a potencias superiores a las acordadas o fuera de la demarcación asignada. Es importante retener este aspecto, porque los mismos que acusan de piratería a los operadores que no han recibido una concesión administrativa han estado incurriendo, a su vez, en una falta administrativa de idéntica magnitud, dado que es público y notorio que la inmensa mayoría de las emisoras vinculadas a las tres grandes cadenas españoles incumple metódicamente los parámetros relacionados con la potencia de emisión.
Esta ordenación del espacio radioeléctrico ha sufrido dos revisiones, en 1997 y en 2006. Así las cosas, la situación de las emisoras de FM en España es ciertamente peculiar en lo relacionado con la proporción medios públicos-medios privados. Por otro lado, desde la primera concesión de nuevas frecuencias de FM, llevada a cabo por el Gobierno de Felipe González Márquez en 1989, se ha sucedido un rosario de escándalos, a cuál más sonado, aunque quizá el episodio más bochornoso en términos de legalidad haya sido el tristemente célebre Antenicidio.
Los corsarios capturan el buque insignia: el Antenicidio
Antena 3 de Radio se creó a resultas del Plan Técnico de Radiodifusión de 1979. Recibió el mayor número de frecuencias: 75, que una década más tarde serían 150 (sumadas las emisoras locales asociadas), de las cuales 120 estaban dedicadas a la emisión de programación generalista (el resto se las repartían las emisoras musicales Radio 80 y Radiolé).
En 1992, cuando los escándalos del felipismo alcanzaban su cénit, Antena 3 de Radio se convirtió en la emisora generalista más escuchada de España, por delante de la SER, y eso a pesar de que la emisora del grupo Prisa tenía, en propiedad o asociados, casi el doble de postes repetidores.
Este estado de cosas comenzaría a dar un giro inesperado cuando, en verano de ese mismo año, el presidente del grupo Prisa inició una operación destinada a hacerse con la propiedad de su mayor competidor en las ondas. El principal accionista de A3 Radio, el grupo Godó, acabó finalmente aceptando la oferta económica. Los profesionales que habían hecho de A3 la emisora más escuchada de España protestaron por esta operación, que creaba prácticamente un monopolio de opinión en la radio española; decidieron desvincularse de A3 y acabaron recalando, en su mayoría, en la cadena COPE.
En noviembre de 1993 se creó Unión Radio, participada por el grupo Prisa (80%) y los editores de La Vanguardia (20%), con el fin de gestionar en conjunto el conglomerado de emisoras de la SER y A3 Radio. Luego de que el entonces ministro de Economía, el socialista Carlos Solchaga, diera el visto bueno al expediente de contratación, el grupo Prisa cerró A3 de Radio y puso sus postes a replicar la programación de la SER. Ese año, huelga decirlo, ésta volvió a ser la emisora más escuchada de España.
En mayo de 1994, el consejo de ministros, presidido por Felipe González Márquez, daba su bendición definitiva al Antenicidio, y ello a pesar de los graves reparos consignados en el informe preceptivo del Tribunal de Defensa de la Competencia, que el Gobierno obvió, más allá de unas recomendaciones anecdóticas para cubrir las apariencias. Ni siquiera la circunstancia de que el recurso inicial interpuesto por ocho profesionales de A3 Radio estaba aún sin resolver impidió al Gobierno socialista convertir a la emisora del grupo Prisa en líder indiscutible de la radio española, a despecho de las cautelas que todo organismo encargado de velar por el pluralismo del mercado en materia de información debiera siempre observar.
En junio de 2000, el Tribunal Supremo sentenció que el pluralismo informativo había resultado lesionado con la concentración y que había que restablecerlo, por lo cual declaraba nulo el acuerdo que aprobaba la absorción de A3 Radio por su principal competidor. El grupo Prisa recurrió al Tribunal Constitucional y el Gobierno del Partido Popular, en lugar de ejecutar la sentencia (en ese momento ya era firme), prefirió guardar un "silencio prudente", que diría su portavoz, Pío Cabanillas.
El 26 de abril de 2001 el Tribunal Constitucional desestimó el recurso del grupo Prisa y ratificó la sentencia del Supremo, a pesar de lo cual el Tribunal de Defensa de la Competencia, dirigido por Luis de Guindos y dependiente del Ministerio de Economía, entonces encabezado por Rodrigo Rato, retrasó la ejecución; el Gobierno llegó incluso a preguntar a Prisa de qué forma tenía pensado desinvertir. Después pidió al Supremo instrucciones sobre cómo había de proceder; hasta que en 2002 el Alto Tribunal se vio obligado a poner en evidencia al Ejecutivo y apremiarle a resolver el asunto de una vez, instándole a "restaurar la pluralidad informativa" y lamentando que se percibiera complicidad con el grupo Prisa. Lo sonrojante es que estas duras palabras se las dirigía a un Gobierno del PP el presidente de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo, Fernando Ledesma, primer ministro de Justicia con Felipe González.
Tras muchos episodios jurídicos e interminables esfuerzos de los demandantes, finalmente el Tribunal Supremo declaró extinguido el incidente de ejecución. El motivo aducido fue que la Ley 10/2005, de medidas urgentes para el impulso de la TDT y el fomento del pluralismo (sic), validaba la operación llevada a cabo por el grupo Prisa para silenciar a su principal competidor, la voz más incómoda para el poder socialista. Los dos votos particulares de la sentencia del TS denunciaban rotundamente que la nueva ley audiovisual lesionaba el pluralismo informativo más de lo que lo había hecho el grupo Prisa absorbiendo A3. Por otro lado, resulta difícil admitir que una ley pueda resolver un caso sucedido años antes de que entrara en vigor.
La iniciativa del PSOE de González, la inacción culposa del PP y la rapidez legislativa de Zapatero, junto con la falta de escrúpulos de todos ellos, acabaron finalmente por sancionar la mayor agresión al pluralismo informativo registrada jamás en una sociedad democrática.
Debido a las planificaciones estatales llevadas a cabo hasta el momento y al escaso respeto de la clase política por el pluralismo informativo, como quedó acreditado con el Antenicidio, el panorama de la radiodifusión española no puede resultar más desolador.
La FM en España: un pluralismo muy poco plural
Las planificaciones estatales de la emisión por FM realizadas hasta el momento han tenido como objetivo, si hemos de creer las declaraciones de intenciones de los decretos reguladores, garantizar la pluralidad informativa en todo el territorio nacional. El resultado ha sido el inverso, como puede comprobarse a poco que se examinen los datos reales de la radiodifusión española. A fecha de hoy, éste es el panorama:
Comunidad autónoma |
Emisoras privadas |
% |
Emisoras públicas |
% |
Total |
Andalucía |
216 |
63,91 |
122 |
36,09 |
338 |
Aragón |
84 |
82,35 |
18 |
17,65 |
102 |
Asturias |
43 |
78,18 |
12 |
21,82 |
55 |
Baleares |
72 |
88,89 |
9 |
11,11 |
81 |
Canarias |
200 |
93,02 |
15 |
6,98 |
215 |
Cantabria |
44 |
93,62 |
3 |
6,38 |
47 |
C.-La Mancha |
83 |
62,88 |
49 |
37,12 |
132 |
C. y León |
256 |
92,42 |
21 |
7,58 |
277 |
Cataluña |
200 |
49,02 |
208 |
50,98 |
408 |
Extremadura |
76 |
80,85 |
18 |
19,15 |
94 |
Galicia |
178 |
67,17 |
87 |
32,83 |
265 |
Madrid |
78 |
97,50 |
2 |
2,50 |
80 |
Murcia |
89 |
81,65 |
20 |
18,35 |
109 |
Navarra |
64 |
78,05 |
18 |
21,95 |
82 |
País Vasco |
70 |
51,85 |
65 |
48,15 |
135 |
La Rioja |
29 |
93,55 |
2 |
6,45 |
31 |
Valencia |
113 |
71,07 |
46 |
28,93 |
159 |
Ceuta |
4 |
100,00 |
0 |
0,00 |
4 |
Melilla |
6 |
100,00 |
0 |
0,00 |
6 |
TOTAL |
1.905 |
72,71 |
715 |
27,29 |
2.620 |
Fuente: Presidencia del Gobierno, Palacio de la Moncloa.
Llama la atención especialmente el caso de Cataluña, la única comunidad autónoma española, y probablemente el único departamento de cualquier país occidental desarrollado, que cuenta con más emisoras de titularidad pública que privada. En el otro extremo figura Madrid, con tan sólo dos emisoras públicas, frente a las 208 de Cataluña, lo que indica de forma significativa la diferencia entre unos y otros dirigentes a la hora de intervenir en el mercado de las telecomunicaciones. El País Vasco, Castilla-La Mancha y Andalucía son, después de Cataluña, las comunidades autónomas con una mayor presencia del sector público.
De las 1.905 frecuencias de FM que no están en manos del poder político, las tres grandes cadenas privadas se reparten un millar (unas 500 la SER, 300 Onda Cero y 200 la COPE, entre propias, asociadas y participadas), con lo que en realidad sólo quedan disponibles 900 frecuencias de FM para los pequeños empresarios que hacen de la información local su objeto de negocio.
Después de tres planificaciones estatales con el pretendido propósito de fomentar la pluralidad informativa, el resultado es que casi un treinta por ciento de las estaciones están directamente en manos del poder político (sobre todo, del autonómico), y prácticamente otro treinta por ciento en poder de las tres grandes cadenas nacionales.
Además del figurado empeño por garantizar la pluralidad, el argumento que justifica la necesidad de esta intervención estatal tiene que ver con la regulación del espacio radioeléctrico, que por sus propias características no puede dar cabida a todos los emisores. Pues bien, lo lógico sería que los poderes públicos se retiraran de un sector que ya está suficientemente atendido por la iniciativa privada, con el fin, precisamente, de ampliar las posibilidades de incorporación de nuevas voces. Sin embargo, el sesenta por ciento del espacio radioeléctrico está en manos de un oligopolio formado por el Estado, la SER, Onda Cero y la COPE. Estos cuatro grandes operadores se reparten la parte mollar de la radiodifusión e incurren en competencia.
Intervencionismo y competencia desleal
Es difícilmente justificable, excepto para una mentalidad socialista, la existencia de un volumen tan importante de emisoras de titularidad autonómica y municipal, cuando se trata de un servicio que ya presta la iniciativa privada. Las emisoras públicas están gestionadas por funcionarios y financiadas por los distintos gobiernos, mientras las privadas que operan en los mismos ámbitos cumplen sobradamente los mismos objetivos y no cuestan un euro a los ciudadanos. Los contribuyentes catalanes financian con sus impuestos más de doscientas emisoras públicas, los vascos 65, los andaluces más de 120, y los gallegos casi 90. El control de la información llega en esas tierras a niveles obsesivos, pues ni siquiera el hecho de que la autoridad política pueda revocar la concesión a un emisor bajo determinadas circunstancias le incita a abstenerse de intervenir directamente en la información que recibe la ciudadanía.
Es conocido el caso de las dos emisoras de la cadena COPE en Cataluña (una en Lérida y otra en Gerona), cuyas concesiones fueron canceladas en beneficio de otros operadores bien cercanos al poder autonómico. Además de ese control, la Generalidad se apropia de más de doscientas frecuencias para uso directo, mientras condena a la alegalidad a los pequeños empresarios que llevan operando en sus demarcaciones largos años, con gran éxito de audiencia.
Poco conocida aún, pero igual de significativa, es la persecución de que están siendo objeto numerosas emisoras locales que un día decidieron contratar con esRadio, sin contraprestación económica de por medio, la difusión de sus programas nacionales. Si hasta ese momento operaban con normalidad, incluso recibían publicidad institucional, a pesar de carecer de título habilitador, su decisión de retransmitir unos programas nacionales con gran tirón publicitario y de audiencia ha sido el detonante para que políticos de comunidades autónomas como la andaluza se empleen a fondo para silenciarlas. El derecho de todos los ciudadanos españoles a recibir información libre y veraz se ve conculcado en esos mandarinatos autonómicos, sin que los varios cientos de observatorios, plataformas y organismos que supuestamente velan por los derechos constitucionales emitan una sola queja al respecto.
El caso de Antena 2000, opera en Barcelona y el Bajo Llobregat gracias a la concesión del peculiar peculiar de "radio cultural" -mientras espera que algún día se le asigne una frecuencia comercial-, es también paradigmático. Tal vez porque una parte de su emisión es en castellano, fue objeto de una curiosa persecución por parte de la directora de medios audiovisuales de la Generalidad, quien decretó su cierre inmediato sin motivo aparente. Los propietarios de la emisora la denunciaron ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por prevaricación y por vulneración de los derechos fundamentales, y finalmente el presidente Montilla la apartó del cargo en noviembre de 2009. Antena 2000 tiene una trayectoria de veinticinco años en las ondas y una audiencia de casi 90.000 oyentes, a pesar de lo cual se ve continuamente postergada en los concursos públicos de asignación de frecuencias, en beneficio de operadores que tienen por virtud principal el ser agradables al poder nacionalista.
En fechas recientes la Generalidad de Cataluña, a través de su responsable en materia de telecomunicaciones, D. Carles Mundó, decretó el cierre provisional de Antena 2000 por carecer del título habilitante para la radiodifusión, a pesar de que, como decía más arriba, cuentacon una licencia como emisora cultural concedida por la propia Generalidad en el año 1993. Se da la paradoja de que el mismo organismo que ordena el cierre de esta radio independiente tolera e impulsa la existencia de decenas de emisoras de titularidad pública que emiten sin la más mínima autorización administrativa.
Por su parte, la Asociación de Radios y Voces Libres de Andalucía –junto con Cataluña, la comunidad autónoma donde se dan los casos más flagrantes de acoso a la libertad de expresión- ha presentado una batería de recursos ante los tribunales de la competencia para denunciar la forma en que las autoridades de la Junta entienden el derecho a la difusión. La referida asociación acusa a las CCAA de utilizar la competencia reguladora del sector para "intentar controlar a los distintos medios", lo que provoca la ruina de "más de 3.000 emisoras, que representan más del 60 % del sector" o su condena a la "sumisión al poder político, en perjuicio de los ciudadanos".
Las autonomías no sólo impiden el libre acceso al mercado radiofónico, sino que incumplen la normativa comunitaria en cuanto a la contratación administrativa, así como la obligación de que se otorguen las autorizaciones de forma reglada, con licencia, y no de manera discrecional, mediante concesión administrativa. Apenas se otorgan concesiones administrativas, y cuando se otorgan, siempre es a operadores cercanos al poder político de turno. En definitiva, se trata de exigir un nuevo sistema que permita disfrutar al ciudadano de la libertad de información que garantiza la Constitución.
Además de estas situaciones de flagrante injusticia en origen, los pequeños operadores han de soportar la competencia desleal que practican las emisoras de titularidad pública, a las que no les importa incurrir, año tras año, en déficit, que acaba siendo enjugado con fondos públicos. Los medios públicos detraen abundante publicidad privada para maquillar sus cifras; en algunos casos hacen sustanciosas rebajas que inciden directamente en las ventas de las emisoras privadas, obligadas a competir en un entorno controlado por manos ajenas al funcionamiento del libre mercado.
Alegales a la fuerza
La acusación de piratería que se vierte sobre las emisoras sin frecuencia asignada por la comunidad autónoma pertinente encierra una grave injusticia, puesto que bajo esa denominación se incluye a empresas solventes, con instalaciones verificadas por el departamento ministerial de telecomunicaciones y decenas de empleados contratados legalmente. Se trata de empresas dedicadas a la radiodifusión con largos años de experiencia en el sector, que pagan sus impuestos, facturan legalmente, declaran el IVA de sus transacciones, cotizan a la Seguridad Social por sus empleados e incluso pagan a la SGAE. Hasta la fecha no hay noticia de una sola administración tributaria o tesorería de la Seguridad Social que se haya negado a recibir las liquidaciones trimestrales de estas empresas. Tampoco la SGAE ha rechazado jamás su dinero.
Si estas empresas no disponen de una frecuencia asignada por la comunidad autónoma correspondiente no es porque alberguen el deseo de defraudar a los organismos públicos, como maliciosamente se pretende insinuar cuando se les acusa de piratería, sino sencillamente porque, tras presentarse a todos los concursos convocados, las autoridades políticas no han estimado conveniente legalizar su situación, a diferencia de lo que ocurre con quienes mantienen buenas relaciones con el poder. Estas empresas, agrupadas en distintas asociaciones, están cansadas de denunciar la injusticia de que son objeto; injusticia que, además, daña el derecho constitucional a emitir y recibir información libremente. La situación es todavía más paradójica cuando se tiene en cuenta que, como se ha apuntado antes, la práctica totalidad de estas emisoras locales emiten habitualmente publicidad institucional de los mismos organismos que después les niegan una frecuencia legal y amenazan con clausurarles las instalaciones. No sólo eso: los partidos políticos mayoritarios les contratan sus campañas publicitarias previas a las elecciones, y son beneficiarios de los espacios gratuitos de propaganda electoral designados por las distintas juntas electorales.
Se trata, por lo general, de emisoras con un ámbito de emisión limitado pero con elevados índices de audiencia, puesto que cubren unas necesidades de información local que las grandes cadenas de emisoras desprecian, en muchos casos porque ni siquiera cuentan con infraestructura para emitir información local, a pesar de que en las bases administrativas de los concursos públicos se les exige tener estudios, personal y programas específicos para ese ámbito.
Las grandes cadenas: de acusadoras a acusadas
La concesión de una frecuencia de FM no implica un derecho absoluto, que el beneficiario pueda administrar atendiendo a su solo criterio. Al contrario, las bases de estos concursos públicos establecen nítidamente una serie de obligaciones, entre las que se encuentra la de disponer de un centro de producción propio en la demarcación en que se aspira a emitir y la de reservar un mínimo de horas diarias a la información local o comarcal.
Pues bien, especialmente en demarcaciones con escasa densidad demográfica, ésta es una condición que incumplen de manera flagrante las grandes cadenas, que en muchos lugares de emisión sólo cuentan con una antena repetidora que replica la programación nacional. Ese espacio lo cubren las pequeñas emisoras independientes, a las que el poder político niega las frecuencias que sí concede a aquéllas. Así, pequeñas empresas que cuentan con instalaciones, técnicos, redactores y locutores se ven obligadas a vivir en un limbo legal que les impide jugar con las mismas cartas que sus competidores nacionales; y encima deben soportar las acusaciones de piratería, formuladas precisamente por quienes incumplen las obligaciones a las que se sometieron voluntariamente cuando concursaron por las licencias de que disfrutan.
Cabe insistir en que la legislación equipara en su régimen sancionador a las emisoras que no poseen título habilitante y a las que, teniéndolo, incumplen las obligaciones principales establecidas en los pliegos de condiciones de los concursos. Sin embargo, mientras que las emisoras a las que se priva de una frecuencia deben soportar el acoso de la administración de turno cuando su línea editorial no coincide con los deseos del partido en el poder, a las grandes cadenas que incumplan abiertamente las obligaciones insertas en los concursos.
Llegados a este punto, la pregunta es obvia: ¿quién es realmente el pirata en la radiodifusión española? ¿El empresario que cumple con todos los requisitos para emitir legalmente y al que el poder político le niega una frecuencia, o las grandes cadenas, que se dedican a incumplir metódicamente las obligaciones contraídas? Tal vez algún locuaz acreditado ejecutivo de alguna cadena nacional pueda dar una respuesta creíble a esta cuestión esencial.
La Ley Audiovisual, una nueva ofensiva contra las voces libres
El pasado 1 de abril, el Gobierno publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual. Su Título V regula la creación y funcionamiento del Consejo Estatal de Medios Audiovisuales (CEMA), órgano encargado de vigilar el cumplimiento de lo establecido en dicha ley por parte de los operadores, así como de imponer las sanciones correspondientes.
La 7/2010 pide a los operadores requisitos como los siguientes:
La comunicación audiovisual nunca podrá incitar al odio o a la discriminación por razón de género o cualquier circunstancia personal o social y debe ser respetuosa con la dignidad humana y los valores constitucionales, con especial atención a la erradicación de conductas favorecedoras de situaciones de desigualdad de las mujeres (art. 4.2).
Todas las personas tienen el derecho a que la comunicación informativa se elabore de acuerdo con el deber de diligencia en la comprobación de la veracidad de la información y a que sea respetuosa con el pluralismo político, social y cultural (art. 4.5).
Tal y como aparecen redactadas estas obligaciones, el margen para la discrecionalidad del órgano sancionador es prácticamente ilimitado. Los miembros del CEMA podrán determinar, según su criterio, en qué momento una empresa de comunicación está dejando de ser "respetuosa" con el pluralismo o con los valores constitucionales y, en función de esa apreciación, imponer las correspondientes sanciones, que pueden llegar hasta la revocación de la licencia.
En lo que afecta específicamente al objeto de nuestro estudio, la ley establece la creación de la Agencia Estatal de Radiocomunicaciones, encargada del control del espacio radioeléctrico y de su protección activa ante su ocupación o uso ilegal. Aunque remite la organización y funciones de este órgano administrativo a un futuro desarrollo reglamentario, es evidente que su principal objetivo será la elaboración de un mapa del espacio radioeléctrico español (competencia de control) con el objeto de erradicar del mismo a todas las empresas que no cuenten con la autorización preceptiva (protección de la ocupación ilegal), competencia que actualmente recae en las comunidades autónomas.
La situación en que quedan las emisoras independientes es de total indefensión. Por un lado, los gobiernos autonómicos les niegan la posibilidad de legalizar su situación, a pesar de llevar años en el mercado y tener importantes cifras de audiencia; por otro, quedan al albur de un órgano político con capacidad de sacarlas del dial, con la consiguiente pérdida de beneficios y puestos de trabajo.
Si es cierto, como afirmaron los diputados de la comisión parlamentaria que elaboró la 7/2010, que existen tres mil radios piratas funcionando en España, ello quiere decir que el espectro radioeléctrico es suficientemente amplio como para albergarlas a todas. Lo procedente, entonces, sería facilitar a los operadores la posibilidad de emitir en una frecuencia legalmente asignada, de forma que puedan regularizar su situación y seguir creando riqueza y puestos de trabajo. Sin embargo, el Gobierno, a través de esta ley, prefiere disponer en exclusiva de la potestad de decidir quién puede o no comunicar libremente su opinión a través de la frecuencia modulada.
Conclusiones
El panorama desolador de la radiodifusión en España tiene unas características bien definidas:
- Hay un número desmesurado de frecuencias en manos de los organismos públicos; desmesurado incluso si se es del parecer de que los políticos deben disponer de emisoras propias.
- La concesión de frecuencias está sujeta al criterio político del gobernante de turno, lo que ocasiona graves injusticias, como la que padecen los pequeños operadores con decenas de años de experiencia que se ven postergados en beneficio de grandes operadores nacionales y de otros locales que gozan del favor de las autoridades.
- A ese millar de pequeñas empresas privadas dedicadas a la radiodifusión local se les priva de competir en el marco legal pero, en cambio, se les exige los mismos impuestos que a las que operan en el marco legal.
- Las grandes cadenas incumplen sistemáticamente las obligaciones contraídas en las demarcaciones de escasa población. Las funciones que ellas descuidan se encargan de llevarlas a cabo los pequeños empresarios de ese millar de empresas, que además tienen que soportar cómo los grandes vulneradores les acusan de practicar la piratería.
- Los poderes central y autonómico se niega a resolver de una vez la situación de esos pequeños operadores mediante su regularización, en atención a sus largos años en el sector y a la consolidación evidente de sus proyectos de comunicación.
- La flamante Ley Audiovisual permitirá a los políticos decidir quién puede o no expresar su opinión a través de las ondas y, de paso, habilitará a los gobiernos para cerrar empresas y destruir los puestos de trabajo correspondientes sin autorización judicial.
Al margen de las asociaciones de radios independientes, que luchan en soledad por hacer valer sus derechos y acabar con la injusticia del sistema actual, urge que la opinión pública tome conciencia de la gravedad de esta ofensiva liberticida, que amenaza el derecho de todos a recibir información libre y veraz. Los Estados totalitarios se distinguen por el control férreo de los órganos de expresión de la sociedad civil, pero las democracias, como vemos en el caso español, no resultan inmunes a esta amenaza. Si esto es denunciable en los totalitarismos clásicos, con mayor razón ha de denunciarse en sociedades donde la libertad de expresión está reconocida, al menos sobre el papel.
Número 45-46
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